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domingo, 11 de julio de 2010

LICENCIAS DOCENTES EN E.P: Por enfermedad o accidente de trabajo.-

Conforme art. 114 del Estatuto del docente y su decreto reglamentario 688/93 constituye un derecho de todo docente el goce de licencias por eenfermedad o accidente de trabajo. Éstas contemplan enfermedades o accidentes de corta o larga duración, que generen o no incapacidad laboral trancitoria o permanente, procedimientos médicos y enfermedades crónicas.
Por el momento, me limitaré a mencionar la extensión de estas licencias. Lo referido a tramitación de las mismas y/o pago de haberes, será desarrollado en próxima entradas.
Así, estimado lector, dentro de esta categorización podemos encontrar:

1.- LICENCIA ORDINARIA POR ENFERMEDAD: tiene lugar cuando existe enfermedad, de corta o larga duración,que ocasiona impedimento temporario para prestar normalmente las tareas asignadas u otras acordes con su estado de salud psicofisica. Su extensión resultará determinada la Dirección de Reconocimientos Médicos y/o sus delegaciones regionales y/o delegaciones de la Dirección de Cultura y Educación. ( Decreto 688/93).

Su duración:
Para titulares: hasta ciento veinte (120) días corridos por año calendario en forma continua o alternada.

Para provisionales: Si alcanza una antigüedad mínima de un año, el régimen será el mismo que corresponde a los titulares. Si su antigüedad es menor a un año, periodo máximo de licencia será de veinticinco ( 25) días, corridos continuos o alternados, en el año calendario.

Para suplentes: Cuando tenga una antigüedad inferior a un (1) año gozará de Tres (3) días corridos por cada mes trabajado completo cumplidos en el ciclo lectivo correspondiente hasta un máximo de veinte (20) días corridos por año calendario, computándose el desempeño en el escalafón correspondiente. Cuando tenga, cómo mínimo, un año (1) de antigüedad en la actividad docente se le aplicará el régimen correspondiente a docentes titulares.


2.- LICENCIA EXTRAORDINARIA POR ENFERMEDAD: En caso de intervenciones quirúrgicas o enfermedades que produzcan incapacidad laboral invalidante por tiempo prolongado (conforme lo determine por la Junta médica correspondiente). Esta licencia se otorgará independientemente de los plasos establecidos en caso de licencia por enfermedad. Su duración:

Para titulares: Con amtigüedad inferior a cinco (5) años, hasta setecientos veinticinco (725) días corridos o alternad. Con cinco (5) o más años de antigüedad hasta mil noventa y cinco días (1.095) días corridos continuos o alternados.
Por el periodo completo, sólo podrá utilizarse esta licencia una sola vez en la careara docente.
Aquellos docentes que, antes de los cinco (5) años, hubieran agotado el periodo de 725 días completo, podrá gozar de otros 36o días sólo cuando arribe a la antigüedad requerida de los 5 años.
El docente que arribe a los 5 años de antigüedad, mientras se encuentra utilizando la licencia, podrá continuar y acceder al goce de un periodo de 1,092 días corridos, continuos o alternados. Sin embargo a la hora del cobro de haberes el cómputo será diferente del de aquel que accede a esta licencia con la antigüedad mínima requerida ( Éste tema será tratado en una próxima entrada).
Provisionales: Esta licencia se le otorgará en iguales condiciones que a los titulares, siempre que su duración no exceda de la décima parte de la antigüedad registrada en la Dirección General de Cultura y educación a la fecha de la interposición del periodo.
Suplentes: No gozaran de esta licencia, excepto en el caso de que el docente hubiera sufrido, en su lugar de trabajo, el contagio de una enfermedad inefectocontagiosa. Circunstancia que requiere ser avalada o certificada por la Dirección de Reconocimientos Médicos. El periodo utilizado será acumulable al total de días que le corresponden en toda su carrera.
3.- LICENCIA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y ACCIDENTE DE TRABAJO: Contempla aquellos casos en que el docente adquiera una incapacidad total o parcial temporaria o permanente. La extensión de la misma comprende tanto a Titulares, provisionales o suplentes: En total 1.095 ( mil noventa y cinco) días corridos, continuos o alternado.
4.- LICENCIA EXTRAORDINARIA POR ENFERMEDAD CRÓNICA: (Texto conforme Circular nº 2/2008 D.P.R.H).
Se otorgan en tanto no corresponda la jubilación por incapacidad, considerando el término de la licencia al momento del cese efectivo.
Comprende: Colitis ulcerosa, enfermedad celíaca, enfermedad de croh, enfermedades metabólicas con afectación sistemática con isuficiencia de órganos y sentidos, síndrome de inmunosupresión adquirido, pancreatitis crónica, insuficiencia renal cronica, hepatitis B, c y hepatitis no clasificadas que evolucionan a la cronicidad con isuficiencia hepática. Isuficiencia hepática crónica. Isuficiencia renal crónica. EPOC. Asma severo recurrente ( que no responda a tratamiento preventivo). Insuficiencia respiratoria crónica. Anemias crónicas. Agranulosis crónica. Deficiencias de factores de la coagulción. Aplasias medulares crónicas Discracias sanguíneas severas. Sarcoidosis. Enfermedades degenerativas de sistema nervioso central: demencias o déficit en la esfera cognitiva irreversible. Exclerosis múltiple. Parkinson. Artritis reumatoidea. Demencias orgánicas.Lupus eritematoso sistémico. Tumores malignos en tratamiento (quimio, radio, hormonoterapia u otra terapia alternativa que tenga respaldo científico). Insuficiencia cardíaca crónica. Dependientes de oxigenoterapia intermitente. Dependientes de traqueotomías, gastrotomías, colostomías u otras ostomías de forma intermitente o permanente.Organotransplantados.

28 comentarios:

  1. QUISIERA SABER SI LA ARTRITIS PSORIASICA PODRIA ENTRAR DENTRO DE LA LICENCIA POR ENFERMEDADES CRONICAS.

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  2. Hola, soy docente provisional desde hace 4 años en un colegio privado. Me diagnosticaron hace 2 años hernia en 2 discos. Nunca me atendí por ART, ni falté por este tema. En este momento estoy con mucho dolor pero yendo a trabajar normalmente. Mis médicos me dicen que debo operarme, pero no sé cómo debo manejarme con la ART y con el tema de la licencia. Agradezco respuesta.

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  3. padezco de luxacion bilateral congenita de cadera y se me desencadeno una artrosis severa en ambas caderas, porque no entra en el listado de patologias cronicas?

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  4. Hola, estoy de licencia por enf. crónica (artritis reumatoidea múltiple) El 1º de julio tengo la 2º junta médica. Deseo saber cual es el tiempo que corresponde a esta nueva licencia, aclaro que los cert. mádicos indican que no respondo al tratamiento y que debo continuar sin trabajar. desde ya mil gracias.

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  5. hola, saqué licencia extraordinaria por una enfermedad psiquiátrica. Me dijeron que al tener cargos titulares y provisionales me hacen reserva de cargo sin goce de haberes en las horas en las que soy suplente. Podrían confirmármelo? no quisiera perder esas horas.
    Gracias.
    Gabriela

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  6. Hola, soy titular de 21 módulos con 24 años de antigüedad y tengo afectados 9 módulos a un cargo suplente desde hace tres años y medio. Acabo de sufrir una quebradura de peroné y se preven 3 a 5 meses de recuperación.
    En los 11 módulos que trabajo como titular, no hay dudas, puedo usar mi licencia extraordinaria. En el cargo tampoco, puedo usar los 25 que me corresponden, el problema es luego de los 25 días, pregunto: ¿percibiría a partir de allí el 50% de haberes de la diferencia de jerarquía o de las horas titulares afectadas al cargo también? Muchas Gracias

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    1. Hola: pido disculpas por no responder antes.
      Tu caso se encuadra en una licencia extraordinaria por enfermedad.
      Como tu inquietud es muy interesante la desarrollaré en una entrada próxima.
      Espero que te mejores.

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  7. hola!!! tengo una licencia extraordinaria otorgada que me incluye los días de vacaciones de invierno. Quisiera saber si las vacaciones las pierdo o esos días me corresponde tomármelos después??? gracias.

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  8. Hola Perdón por no responder:
    En cuanto al comentario del 22/05/2013: por acuerdo gremial las licencias por enfermedad de largo tratamiento o enfermedad crónica ( entre otras) suspenden el goce de vacaciones. Esto significa que tenés derecho a gozar de tu licencia anual ordinaria (por vacaciones) independientemente de los días de licencia por enfermedad. Debés tomarlas inmediatamente después del levantamiento de tu licencia extraordinaria.

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  9. Hola, te comento que tengo artritis y estoy tramitando la licencia x enf. crónica. Mi pregunta es: puedo tomar licencia x enf crónica en un sólo cargo?

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  10. Hola: en principio no podrías tomar licencia por enfermedad en un solo cargo, si en los dos realizas actividades similares (corregís, tenés chicos a tu cargo, llenas planillas, etc.).
    Este tipo de licencia se otorga debido a que tu enfermedad crónica te genera una incapacidad laboral.
    El Estatuto determina que "quien goce de una licencia por enfermedad no podrá desempeñar otras funciones ( en el ámbito estatal o privado) si en éstas debe realizar funciones similares", salvo que la junta médica lo autorice expresamente.
    Si se prueba que, deliberadamente, tomaste licencia por enfermedad crónica en un solo cargo, la misma, será dejada sin efecto y habrás incurrido en falta grave.

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  11. hola: soy titular interino en un cargo de D1 jornada completa con 28 años de antigüedad pero un año en el cargo,la pregunta es:¿si tomo licencia por estrés o enfermedad crónica hasta completar los tres años en el cargo, me puedo jubilar luego como D1 jornada completa?

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  12. M.R.
    HOLA:SOY DOCENTE CON 20 AÑOS DE ANTIGUEDAD, TENGO20 MODULOS TITULARES, 6 MODULOS PROVISIONALES Y 4 MODULOS SUPLENTES,ME DIAGNOSTICARON A PRINCIPIO DE ESTE AÑO PERIODONTITIS CRONICA IRREVERSIBLE, NO RESPONDI AL1° TRATAMIENTO POR LO CUAL ME ESTAN HACIENDO CIRUGIA PARA PONER IMPLANTE DEBIDO A LA GRAN PERDIDA DE MASA OSEA TANTO EN MAXILAR SUPERIOR COMO INFERIOR,EN LA PRIMER CIRUGIA ESTUVE 15 DÍAS PORQUE A LOS 12 DÍAS ME SACARON LOS 11 PUNTOS, AHORA ME HACEN LA 2° QUE ES UNA PARTE DEL MAXILAR SUPERIOR Y LA PARALELA EN EL INFERIOR Y ME FALTA UNA 3°. DESEO SABER SI PUEDO ENCUADRAR EN LICENCIA EXTRAORDINARIA HASTA EL FINAL DE LAS CIRUGIAS O ESTA COMO ENFERMEDAD CRONICA?, ACTUALMENTE ME CUESTA HABLAR Y COMER COMIDAS SOLIDAS. GRACIAS

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  13. Hola TE CONSULTO ACTUALmente PADEZCO ATAQUES DE PANICO ESTOY medicada Y CON TRATAMIENTO PSIC. SOY DOCENTE M.G hace 15 años,t{tular,puedo con este diagn{ostico re encuadrar mi licencia como enfermedad cronica .ya que el tatamiento será por la medicaci{on entre 8 y 12 meses,gracias por el blog!

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    1. Hola: Pido disculpas por la tardanza en la respuesta.
      En cuanto a tu problema, éste no está enlistado como una patología crónica.
      Para que una enfermedad de origen psiquiátrico sea encuadre dentro de este tipo de licencia, debe tratarse de una demencia o de una afectación irreversible en la esfera cognitiva. Ambas circunstancias deben ser muy bien probadas ante junta médica.
      Espero que mi respuesta te sea útil.
      Saludos.

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  14. Hola: Gracias por tu consulta.
    En cuanto a tu pregunta, el listado de enfermedades que originan licencia por enfermedad crónico es taxativo. En principio, no podés gozar de este tipo de licencia si no padeces algunas de las dolencias descriptas.
    Espero que te mejores pronto!

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  15. El 2011 sufri un accidente cerebrovascular (me operaron de un aneurisma y tuve dos acv con secuelas) . Soy profesora de Matemática. Actualmente estoy con licencia por enfermedad crónica y me hablaron de la posibilidad de jubilarme por incapacidad.
    tengo dieciseis módulos titulares en secundaria (antigüedad 19 años); y en superior tengo ocho horas catedras titulares (antigüedad 7 años), y diez modulos provisionales (antigüedad 9 años). Son las mejores horas que tuve.
    Mi pregunta es la siguiente: si llegado el caso me jubilaran por incapacidad, mi porcentaje de jubilación, sería sobre todas la horas?
    Desde ya muchas gracias.

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  16. me detectaron hipertiroidismo severo tengo 24 anos de antiguedad en escuela privada y quiero saber si me corresponde licencia por enfermedad cronica

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  17. tengo 24 años de antiguedad y me diagnosticaron hipertiroidismo severo corresponde licencia por enfermedad crónica?

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  18. hola, soy una paciente con hipertension arterial cronica y severa. desearia saber si esta patologia encuadra con las licencias para enfermedades cronicas. gracias!!!

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    1. Hola:
      Pido disculpas por no responder antes.
      Si tu hipertensión arterial crónica y severa acarrea una insuficiencia cardíaca crónica podrías solicitar este tipo de licencia.
      Saludos y gracias por tu comentario.

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  19. Hola, te consulto trabajo como docente provisional hace con una antiguedad de 5 años y dos meses en una escuela privada estoy desde el 1 de mayo con licencia por depresión postparto quisiera saber cuanto tiempo máximo podré estar de licencia por esta causa ,muchas gracias

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  20. Hola te cuento que trabajo como docente provisional en una escuela privada hace 5 años y 3 meses ,estoy desde el 1 de mayo con licencia por depresión postparto.Quisiera saber cuánto tiempo me corresponde de licencia paga por esta causa.gracias

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  21. Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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  22. Hola te cuento que trabajo hace 5 años y 2 meses en una escuela privada como docente provisional estoy desde el 2 de mayo con licencia por depresión postparto quisiera hasta cuando me correspondería esta licencia con goce de haberes completos y luego como es.Gracias

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  23. ME DIAGNOSTICARON FIBROMIALGIA Y OSTEOPENIA, QUISIERA SABER SI ALGUNA DE LAS DOS ESTÁN CONSIDERADAS DENTRO DEL LISTADO DE PATOLOGÍAS CRÓNICAS?. ESPERO SU RESPUESTA URGENTE, GRACIAS.

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  24. hola tengo arttritis reumatoidea, ya me diagnosticaron enfermedad cronica en el dictamen de la junta medica con 114.a.2, pregunto este año puedo pasar licencia el tiempo q sea necesario?? ya q estoy con mucho dolor, debo pasar por junta medica nuevamente???

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  25. hola soy prof de educacion fisica hace un año me declararon arttritis reumatoidea, el año pasado me tome un mes de licenciay cuando tuve la junta medica el medico me mando a trabajar, y me medico de cabecera me dijo q este no podia pasar sobre su dictamen ya q el me dijo q no podia ir a trabajar x los dolores q sufro, en el dictamen de junta medica el doctor d la prestataria me puso 114.a.2, a partir de este año yo me puedo tomar licencia todo el tiempo q sea necesario??? quisiera saber como tengo q hacer y q procedimiento seguir, muchas gracias tu consejo seria de mucha ayuda!!!

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